Alhue, Región Metropolitana. Brutal caso de maltrato animal.

Este es uno de los casos mas fuertes, brutales y crueles que hemos visto en los más de 7 años que llevamos trabajando en este tema.

Las imágenes son tan fuertes que muchos no hemos sido capaces de verlas por completo. Un perro atado por el cuello, cuelga desde el pickup de una camioneta en movimiento. Mientras se ahorca, las ruedas de la misma camioneta le aplastan sus patas. El perro agoniza y muere, sin que el conductor detenga su marcha.

Atrás de la camioneta en marcha, un auto intenta que se detenga sin éxito, mientras grava la brutal escena con su celular. El parabrisas del auto se va manchando con la sangre del perro.

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¿Que puede pasar por la cabeza un hombre que es capaz de realizar semejante acto? con una crueldad y brutalidad que hacen imposible no desearle lo peor a este hombre. Todos esperamos una condena de cárcel efectiva, ojalá años tras las rejas. Pero lo cierto es que por lo general, las penas contra el maltrato animal son muy bajas.

El artículo 291 BIS del Código Penal Chileno estable que “El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales será castigado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales, o sólo con esta última”. Es importante leer las últimas 4 palabras “…sólo con esta última“. Tristemente el legislador a señalado que los casos de maltrato animal pueden tener una condena de multa.

En Chile, los animales son “Muebles”.

Por otro lado, los animales para nuestra ley son “muebles”, simples cosas. Esto es particularmente grave, pues en caso de querer presentar una querella en forma particular, quien debe hacerlo es “la victima” en este caso la victima es el perro. Primero el perro no sabe escribir, segundo está muerto y tercero es un “mueble”. ¿entonces quien se querella? Cuando es una Institución (como nosotros por ejemplo) hay que fundamentar la querella en resquicios legales como “la victima es la sociedad toda” y otros varios, esperando tener la suerte de que el juez acoja la querella. 

¿que tan “cosas” son los animales para nuestras leyes?

Daré un ejemplo para ello: Si tengo mi pistola, legalmente inscrita, estoy en mi propiedad, mato a mi perro de un certero balazo en la cabeza y de forma inmediata, no hay delito. El perro no agonizó, es de mi propiedad, y todo lo realizado es perfectamente legal ¿aberrante? si, pero así legisla nuestro congreso. Hay fallos de la corte en dónde una persona a matado de un disparo al perro de otro, y no ha sido procesado por “maltrato animal” sino que por “daños”, pues destruyó “una cosa” de otra persona. Tristemente, muchos casos de maltrato animal dependen de la sensibilidad del Juez de turno.

Pero este caso tiene características particulares, que esperamos permitan al Fiscal conseguir una pena efectiva de cárcel: Primero la brutalidad del caso es incuestionable. Segundo hay una grabación de los hechos. Tercero la presión social se ha hecho sentir. Se supone que nuestro sistema judicial debiera ser imparcial y no ceder ante presiones sociales, pero tristemente la historia nos ha mostrado que Fiscales y Jueces trabajan de forma distinta cuando tienen  a la prensa vigilante y la ciudadanía expectante.

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Por ahora hay que precisar algunas cosas, para conocimiento de todos:

– Es el Fiscal del Ministerio Público quien dirige la Investigación.

– Las diligencias están en manos de la Policía de Investigaciones, según entendemos la BIDEMA (Brigada de Delitos Contra el Medio Ambiente) está investigando.

– El que el conductor haya estado ebrio (no lo sabemos con certeza) no lo exime de responsabilidad penal, e incluso podría ser perjudicial para el mismo.

– Las municipalidades de Alhué y Melipilla presentaron querellas en este caso, lo cual nos alegra mucho y felicitamos a los respectivos alcaldes por ello. Esperemos que el juez acoja las querellas (en estricto rigor es la victima, el perro, el que debe presentar la querella).

– Nosotros esperamos querellarnos también, para contribuir a que el caso llegue a juicio y haya una sanción real.

– A grandes rasgos, el caso puede tener tres caminos: se archiva, se llega a un acuerdo o se lleva a juicio. El juicio es el que puede llegar a una condena real de cárcel, por lo cual esperamos que el Fiscal NO ACEPTE UN ACUERDO.

En nada contribuye al caso el difundir información falsa en las redes sociales, mas bien contribuye a confundir a la sociedad y con ello debilitar el caso.

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RENE DEL CARMEN PRIETO CHACON, el conductor de la camioneta.

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ATENCIÓN: EL VÍDEO ES EXPLÍCITO, MUY FUERTE Y BRUTAL. NO APTO PARA PERSONAS SENSIBLES

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